miércoles, 20 de mayo de 2009

DEL MONTE VIOLA LEYES AMBIENTALES Y CONTAMINA CUERPOS DE AGUA



El Tribunal Ambienta Administrativo (TAA), de Costa Rica ordenó el cierre de la planta procesadora de piña de la transnacional Del Monte por la alta presencia de bromacil y otros agroquímicos en aguas residuales, que se descargan en un río.

Se demostró que las aguas residuales son descargadas hacia el río Destierro y las nacientes de Milano, El Cairo y la Francia, en Siquirres de Limón, en el Caribe, de donde se capta el agua para más de seis mil habitantes de esas comunidades.


El Laboratorio de la Universidad Nacional (UNA), descubrió que el nivel del bromacil en las tomas de agua aumentó y supera en ocho veces el mínimo permitido en Estados Unidos.

José Lino Chávez, Presidente del TAA, destacó que la presencia de agroquímicos en aguas, violenta la Ley General de Salud, la Ley de Aguas, la Ley de Vida Silvestre, y la Ley Orgánica del Ambiente.

“El TAA dictó ayer una medida cautelar en contra de la empresa internacional “Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A.” y le ordenó la paralización inmediata y la clausura de actividades de su planta empacadora de piña en El Cairo de Siquirres, finca La Babilonia, provincia de Limón”, dijo Chávez.

La medida se tomó luego de confirmar la presencia de varios agroquímicos, entre ellos el bromacil, en las aguas residuales que están siendo descargadas directamente al río Destierro y a las nacientes Milano, El Cairo y La Francia, sin contar con un sistema de tratamiento adecuado, explicó.

Una muestra tomada por químicos del Laboratorio de Análisis Ambiental de la Universidad Nacional y ratificado por el Colegio de Químicos, confirmó un nivel de bromacil de 4.8 microgramos por litro en las nacientes de Milano, El Cairo y la Francia, desde donde se capta el agua para estas comunidades. El muestreo se hizo el pasado 1 de abril en presencia de los jueces del Tribunal Ambiental y de funcionarios del Ministerio de Salud, y los resultados fueron entregados el 30 de abril, ratificados por el Colegio de Químicos de Costa Rica.

El nivel de 4.8 de bromacil es sumamente alto y supera en 8 veces el nivel de 0.6 microgramos por litro que es lo permitido en Estados Unidos. También se confirmó que la presencia del bromacil creció en los últimos dos años, pues en un estudio hecho en marzo de 2007 por Acueductos y Alcantarillados, el nivel de bromacil en estas nacientes era de apenas 0.8 microgramos por litro. Por esa razón, desde agosto de 2007, el AyA ha estado distribuyendo agua en camiones cisterna a estas comunidades, dada la peligrosidad de los agroquímicos encontrados.

Además de la altísima presencia de bromacil, el análisis de la UNA, ordenado por el Tribunal Ambiental, confirmó registros de los fungicidas triadimefón, clorotalonil difenoconazol. De todos ellos, el más peligroso es el bromacil, pues a este agroquímico, utilizado especialmente en plantaciones piñeras, se le relaciona con el cáncer de la tiroides, de hígado y de riñón.

De hecho, la Oficina del Programa de Plaguicidas de los Estados Unidos (USEPA) clasifica al bromacil como posible carcinógeno humano.

Chávez, Presidente del Tribunal, dijo que “lo más grave que enfrenta el TAA en todo lo que hemos hecho en piñeras es que las empresas y ésta en particular no se preocupe por la salud de los seres humanos de la comunidad de El Cairo, y esto para nosotros es fundamental, esto es una medida cautelar que se toma en pro del ambiente y por consecuente de la salud humana”.

La medida cautelar se levantará, dijo Chávez, únicamente cuando el TAA esté totalmente confiado, y nos garantice que ya no se está contaminando el ambiente y la salud humana, con productos químicos”, recalcó el presidente del Tribunal. “Lo que sigue ahora es el procedimiento del Tribunal, es la valoración del daño ambiental y la posterior convocatoria a audiencia, para determinar no solo si la empresa en ese lapso cumplió con los requerimientos que el tribunal le está ordenando, sino también para la eventual cancelación de un daño social y ambiental”, agregó.

“Eso es lo que sigue y el tribunal en esto ya inició el expediente, no es un expediente nuevo, sino que tiene un año, y lamentablemente hemos encontrado estas anomalías en una empresa piñera”, expresó Chávez.

La justificación del TAA para cerrar la planta coincide con los resultados del “Estudio Hidrogeológico para la caracterización y delimitación de las zonas de recarga de las fuentes Milano y El Cairo”, realizado por la empresa Hidrogeotecnia LTDA para Acueductos y Alcantarillados (AyA).

El informe, divulgado en exclusiva por Nuestro País, hace dos semanas, y que AyA ha mantenido oculto desde el 23 de febrero anterior cuando le fue entregado por Hidrogeotecnia, se encuentran copias en oficinas del TAA, de legisladores de partidos opositores, de expertos universitarios y de organizaciones ambientalistas interesadas en el tema.

Inclusive, el presidente Ejecutivo de AyA, Ricardo Sancho, en un Derecho de Respuesta a este medio, reconoció la existencia del estudio, “pero no ha tomado ninguna decisión para denunciar las anomalías y el envenenamiento del agua, por parte de la transnacional Del Monte”, dijo Carlos Arguedas, del Sindicato de Trabajadores de las Plantaciones, en la región caribeña.

La presencia de agroquímicos, especialmente el bromacil, en las tomas de agua de un acueducto para consumo humano violenta los artículos 285 y 286 de la Ley General de Salud, que indican, entre otras cosas, que “las aguas negras, las servidas y las pluviales, deberán ser eliminadas adecuada y sanitariamente a fin de evitar la contaminación del suelo y de las fuentes naturales de agua para el uso y consumo humano”.

También violenta el artículo 132 de la Ley de Conservación de la Vida Silvestre que prohíbe arrojar aguas servidas, aguas negras, desechos o cualquier sustancia contaminante en manantiales, ríos, quebradas, arroyos y otros cuerpos de agua.
Indica la Ley que “las instalaciones agroindustriales e industriales y las demás instalaciones, deberán estar provistas de sistemas de tratamientos para impedir que los desechos sólidos o aguas contaminadas de cualquier tipo destruyan la vida silvestre”.

El vertido de agroquímicos en fuentes de agua y el irrespeto a las zonas de protección de los ríos y nacientes también contraviene los artículos 31 de la Ley de Aguas, el 33 de la Ley Forestal y el artículo 51 de la Ley Orgánica del Ambiente. Por ello, el Tribunal Ambiental no sólo dictó la paralización de la planta empacadora de Del Monte en Siquirres, sino que le ordena construir los sistemas de tratamiento adecuados para las aguas residuales provenientes de las pilas de lavado de la piña.
Protección.

El Tribunal Ambiental también ordenó a la empresa Del Monte que delimite, en presencia de funcionarios del Ministerio del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (Minaet), las áreas de protección de las quebradas, ríos y nacientes que estén invadidas por los cultivos de piña. Se deberá dejar una franja de protección absoluta de 15 metros de distancia de cualquier río o quebrada y en el caso de las nacientes, un radio de 200 metros de protección, conforme lo estipula la Ley de Aguas.

Durante el recorrido en la finca Babilonia de la empresa Del Monte, los jueces y expertos técnicos observaron invasión de las zonas de protección en numerosos puntos a lo largo de las quebradas La Estrella, América y La Colombiana, que son tributarias del río Destierro, que a su vez desemboca en el Parismina. En las orillas de estas quebradas fue recurrente observar que no se han respetado los 15 metros de protección que deben dejarse entre las quebradas y las plantaciones. Incluso se observó toda un área ya lista para sembrar más piña que tampoco respeta los límites necesarios entre el cultivo y las quebradas y que ni siquiera cuenta con la viabilidad ambiental, pues ésta fue denegada por Setena en marzo de este año.

Igualmente, se observaron múltiples canales de desfogue en las plantaciones que van directo a todas estas quebradas sin que tengan trampas para los sedimentos ni ningún tipo de tratamiento de aguas antes de llegar a los cuerpos de agua.

Estos canales se abren cada diez metros a lo largo de la plantación, por lo que son miles de ellos los que existen en esta finca de 600 hectáreas plantadas de piña.
En otro sector de la finca Babilonia de la empresa Del Monte, los jueces y técnicos ambientales observaron una naciente de agua que fue aparentemente soterrada, pues los mapas hidrológicos marcan un nacimiento de agua en ese punto, pero solo se ve tierra recientemente colocada en esta zona y alrededor el cultivo de piña.

De acuerdo con el mapa de Fonafifo 2000, esta área aparece como bosque pero se hizo un cambio de uso de suelo presuntamente sin permiso.

La denuncia inicial la presentó el 3 de enero de 2006 la Asociación Justicia para la Naturaleza contra la empresa Frutex S.A., propietaria de la finca piñera “La Babilonia”, de 600 hectáreas, en El Cairo de Siquirres.

En el transcurso del año 2007, el Tribunal Ambiental y el Área de Conservación Tortuguero (ACTO), del Minaet, efectúan varios informes e inspecciones en la finca piñera.

El 19 de junio del 2008 el Tribunal Ambiental dicta una medida cautelar contra la empresa Frutex S.A., ordenando delimitar los 15 metros de áreas de protección de los ríos, quebradas y nacientes.

En junio de 2008 la compañía Del Monte adquiere la finca piñera “La Babilonia” de Frutex S.A.

El 1 de abril de 2009 el Tribunal Ambiental efectúa una nueva inspección en la finca de Del Monte y constata que continúa el irrespeto a las zonas de protección y que las aguas residuales de la planta se están vertiendo sin tratamiento por un cauce que se dirige al río Destierro y a las nacientes Milano, El Cairo y La Francia. Químicos del Laboratorio de Análisis Ambiental de la Universidad Nacional toman muestras de agua en las nacientes de Milano, El Cairo y La Francia, en el cauce del vertido y en el tanque de lavado de piña de la planta de Del Monte.

El 30 de abril los resultados del laboratorio confirman la presencia de varios agroquímicos (bromacil, triadimefón y clorotalonil), en las aguas vertidas por la quebrada que desfoga hasta el río Destierro y las nacientes de Milano, El Cairo y La Francia.

El 18 de mayo, el Tribunal Ambiental Administrativo notifica a la empresa Corporación de Desarrollo Agrícola Del Monte S.A. la paralización de su planta empacadora de piña en El Cairo de Siquirres, le ordena construir una planta de tratamiento y le dicta otras medidas cautelares.

Fuente: Nuestro País (elpais.cr)

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