lunes, 23 de mayo de 2016

CAMARAS DE EMPRESARIOS ATACAN INSTRUMENTO TÉCNICO DE SENARA

De nuevo, arremeten contra SENARA; esta vez son los empresarios reunidos en varias cámaras y colegios profesionales, como la Asociación de Cámara de la Construcción, Cámara de Industrias de Costa Rica, Cámara Textil Costarricense, Cámara Costarricense de Hoteles, y otras 7 más, que denuncian ante el Tribunal Contencioso Administrativo, a SENARA por haber promulgado la Matriz de Criterios de Uso del Suelo. La acción de los empresarios ante el Contencioso, tiene como propósito, dejar sin efecto la Matriz, que es un instrumento técnico que tiene como fin proteger el recurso hídrico, sobre todo subterráneo, de actividades humanas por medio de la aplicación de una serie de criterios del uso del suelo apropiado en función de la vulnerabilidad hidrogeológica y la actividad productiva; esta matriz, es un estorbo para los empresarios de la construcción, que no quieren ver limitada su actividad, aun cuando en algunos casos puede significar un deterioro del principal recurso que tenemos los costarricenses, como es el agua. No es la primera vez que se arremete contra los criterios técnicos de la Dirección de Investigación y Gestión del Recurso Hídrico (DIGH) del SENARA; así por ejemplo varias ciudadanos y organizaciones denunciamos en junio del 2009, que la Junta del SENARA, había acordado limitar de manera expresa las comunicaciones que salieran de la DIGH, acordando que no era competencia de SENARA pronunciarse en forma vinculante sobre solicitudes puntuales de concesiones de aprovechamiento de aguas, tarea que le competía, según la Junta Directiva, ejercer y resolver al MINAET, además acordaron, que no le correspondía definir aspectos relativos a la planificación urbana, propios de los Gobiernos Municipales. (Léase: http://conceverde.blogspot.com/2009/06/en-defensa-de-las-aguas-subterraneas_25.html
También en el 2011, se volvió a denunciar el intento de desmantelar la DIGH del SENARA, dirigido a concentrar todo lo relativo a la gestión del recurso hídrico en la Dirección de Aguas del MINAET. (Véase: http://conceverde.blogspot.com/2011/03/en-defensa-de-nuestras-aguas.html) .
 Las anteriores intentos y otros que se han dado contra SENARA, sobre todo contra la oficina que está encargada de la protección del recurso hídrico subterráneo, como es la DIGH, se vio frenado por la Sala Constitucional y la misma Contraloría de la República, que se pronunciaron a favor de la independencia de la DIGH a la hora de emitir sus recomendaciones y criterios.
 No conformes con lo que ha decidido la Sala Constitucional y la Contraloría, los intentos del poder económico siguen, uno es a través de la nueva Ley de Gestión Integral del Recurso Hídrico (Ley de aguas) que traslada las potestades que hoy tiene la DIGH a un órgano dependiente del MINAE, donde el jerarca de ese órgano será de libre remoción de ministro de turno, o sea se porta “bien” o lo despiden.
Pero la más reciente acometida contra la DIGH, es la que se denuncia al inicio de la presente nota, una acción contra la Matriz de Uso del Suelo del SENARA, conocida bajo el expediente 15-008626-1027-CA, interpuesta por la Asociación de la Cámara de la Construcción, donde comparecen apoyando la acción de esa Cámara, unas diez cámaras, como la de Hoteles, Industrias, Transporte de Carga, Textiles, etc.
Es necesarios que los ciudadanos a títulos personal o a nombre de sus organizaciones, coadyuven a favor del SENARA en la acción interpuesto por los empresarios, como lo ha hecho la red YARCA y CONCEVERDE, que han presentado sus coadyuvancias a favor de mantener la Matriz de Criterios de Uso del Suelo.

jueves, 10 de marzo de 2016

DENUNCIA CONTRA DIPUTADOS POR DESOBEDECER ORDEN DE SALA CONSTITUCIONAL

El pasado 23 de febrero, ciudadanos a título personal y como parte del colectivo Yarca, presentaron un incidente de desobediencia contra los 57 diputados de la República por desobedecer lo ordenado por la Sala Constitucional en la resolución No. 2007-003923, en cuanto a que deben reformar la Ley Forestal, específicamente el artículo 28, el cual es inconstitucional por no contener medidas precautorias que mitiguen el daño ambiental que significa la tala de árboles no nativos y que juegan, según el área donde se encuentran, un papel importante para el ambiente. Y es que en la resolución citada, la Sala Cuarta, señaló: ““Se declara con lugar la acción únicamente, por la omisión del artículo 28 de la Ley Forestal de establecer medidas precautorias que aseguren la protección del ambiente. Corresponde a la Asamblea Legislativa subsanar la ausencia de medidas precautorias, que aseguren de previo, la correcta aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 en tutela del ambiente, según lo señalado en la parte considerativa de esta sentencia. Comuníquese esta sentencia a los Poderes Legislativo y Ejecutivo. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial "La Gaceta" y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. En lo demás, se declara sin lugar la acción”. La Sala Constitucional consideró en la resolución Nº 2007-003923, que la ausencia de medidas precautorias de que adolece el artículo 28 de la Ley Forestal, previas a la corta de árboles, independientemente estos de su naturaleza y área, conlleva a la incorrecta aplicación de este artículo, toda vez que, no toda plantación requiere de un plan de manejo, por lo que lo declaró inconstitucional por omisión legislativa al no contemplar la Ley Forestal medidas previas, a la corta de los árboles, independientemente de su naturaleza y área Y no es extraño que nuestra Ley Forestal adolezca de medidas precautorias, en tanto la misma fue moldeada por los taladores, para así facilitarles la tala de ciertas especies de árboles, sin importar el daño ambiental que podría significar las mismas. Y es que como señalaron los magistrados constitucionalistas, nuestra actual Ley Forestal en lugar de asegurar la protección cuando se reformó la ley en los años 1995 y 1998, redujo el ámbito de protección, y por ende del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, sin tomar siquiera medidas preventivas al respecto Han pasado más 7 años que el Tribunal Constitucional les notificó su voto, y a la fecha de hoy pareciera que los diputados no les importa seguir violentando el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, en tanto no han hecho nada concreto para aprobar un texto que reforme la Ley Forestal, lo que de seguro complace a la Cámara Forestal y otros grupos de taladores. La prevención inicial para que el presidente de la Asamblea se pronuncie, ya fue notificada a inicios de este mes de marzo. Documentos relacionados se pueden leer en: https://drive.google.com/file/d/0B12esy7FZ8VEWXhSWlZoYmVRclk/view?usp=sharing
  http://es.scribd.com/doc/85506555/RESOLUCION-FINAL-accion-inconst