Pocas semanas después de que la Sala Constitucional condenara al alcalde y regidores de la Municipalidad de San Rafael de Heredia por violación al derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, la sala constitucional en una nueva resolución dictada el 4 de noviembre del 2011 vuelve a condenar a los servidores municipales, esto en el recurso de amparo interpuesto por José Francisco Alfaro y conocido en el expediente 11-012821-0007-CO por violación al derecho a recibir información. La Sala Constitucional ordena al Alcalde y al presidente del Concejo Municipal de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, a dar la información solicitada en el mes de agosto del 2011, en cuenta de si en la Municipalidad han elaborado los mapas de vulnerabilidad hidrogeológica recomendados por SENARA y si se está aplicando la matriz de criterios de uso del suelo según la vulnerabilidad a la contaminación a los acuíferos.
La información se solicitó en el mes de agosto tanto al Concejo como Alcaldía de la Municipalidad de San Rafael de Heredia por parte de varios ciudadanos integrantes del colectivo No Toquen el Barva, en cuenta el recurrente, que concurrieron personalmente a la Municipalidad de San Rafael a solicitar que se les informara la situación sobre los mapas de vulnerabilidad hidrogeológica que se debían haber realizado desde hace varios años, según lo ordenó la Sala Constitucional.
Resolvió la Sala Cuarta: : “Se declara CON LUGAR el recurso. Se ordena a Jorge Isaac Herrera Paniagua, en su calidad de Alcalde, y a Verny Valerio Hernández, en su condición de Presidente del Concejo Municipal, ambos de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, o a quienes ocupen esos cargos, que adopten de forma inmediata las medidas necesarias, para que en el término improrrogable de diez días, contado a partir de la notificación de esta resolución, se emita y comunique al amparado formal acto administrativo en que se resuelva la solicitud de información contenida en el escrito presentado el veinticinco de agosto del dos mil once. Se le advierte a Jorge Isaac Herrera Paniagua, en su calidad de Alcalde, y a Verny Valerio Hernández, en su condición de Presidente del Concejo Municipal, ambos de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, o a quienes ocupen esos cargos, que de no acatar la orden dicha, incurrirán en el delito de desobediencia y, que de conformidad con el artículo 71 de la Ley de esta jurisdicción, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado. Se condena a la Municipalidad de San Rafael de Heredia al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. Notifíquese la presente resolución a Jorge Isaac Herrera Paniagua, en su calidad de Alcalde, y a Verny Valerio Hernández, en su condición de Presidente del Concejo Municipal, ambos de la Municipalidad de San Rafael de Heredia, o a quienes ocupen esos cargos, en forma personal.”
Resolución completa se puede ver en : http://es.scribd.com/doc/72157302/RESOLUCION-FINAL
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